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Normas de Gestión Económica

Art. 104. Traslado de bienes

  1. Traslado dentro de la misma Unidad. La Unidad, a través de “Universitas XXI-Económico”,
    realiza el traslado modificando la ubicación de los bienes.

  2. Traslado por cesión temporal de un bien a otra Unidad de la Universidad o a otro Organismo
    distinto a la Universidad. La Unidad propietaria del bien informará a la Sección de Patrimonio y
    Contratación que lo registrará en “Universitas XXI-Económico”. Se seguirá el mismo procedimiento para la reincorporación.

  3. En el caso de material informático que no vaya a ser utilizado por unidades de la Universidad y
    se autorice una cesión externa, se procederá a retirar la etiqueta de inventario y se comunicará a la Sección de Patrimonio y Contratación.

 

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