CONTABILIZACION DE LOS ANTICIPOS
DE CAJA FIJA Y PAGOS A JUSTIFICAR POR LAS UNIDADES
Art. 66.
Principios generales
La contabilidad de Las Unidades
se llevará por el sistema de partida simple a través de una serie de registros
principales y de los auxiliares que se estime conveniente en cada caso para
ampliar y detallar la información que proporcionen los primeros.
Los registros mencionados se generarán
mediante la aplicación informática “Universitas XXI-Económico”.
Art.
67. Libros Registro
1. En los libros se registrarán
la totalidad de las operaciones que se lleven a cabo por cualquier tipo de
pagos. Las anotaciones se efectuarán en el momento en que se ordenen los pagos
(fecha de transferencia, emisión de cheque o pago en efectivo), y deberán
estar soportadas por los correspondientes documentos.
2. Libro registro de bancos. Será
un libro mayor de la cuenta de anticipo de caja fija de la Unidad, que será
generado informáticamente por “Universitas XXI-Económico”, e incluirá la fecha
(de la entrada, de la entrega de cheques o de la orden de transferencia),
el importe de los ingresos (exclusivamente el anticipo de caja fija) o pagos
y el saldo. El saldo deberá ser confirmado mediante conciliación de las cifras
en él resultantes y las que figuren en el extracto bancario a la misma fecha.
3. Libro registro de caja en efectivo.
Recogerá el movimiento de la caja de metálico existente para atenciones de
pequeña cuantía y será generado informáticamente por “Universitas XXI-Económico”,
incluyendo la procedencia de las entradas y salidas, la fecha, los ingresos
y los pagos.
Art.
68. Conciliación bancaria y arqueo de caja
Para detectar posibles diferencias
entre el saldo anotado en el libro registro de bancos generado por “Universitas
XXI-Económico” (su saldo deberá coincidir con el que se presente en la conciliación
de la cuenta justificativa a la fecha de justificación de la cuenta rendida)
y el saldo real que figura en el extracto bancario, se deberá realizar la
conciliación bancaria y presentarla junto con cada una de las cuentas justificativas,
que tendrá que ser firmada por el Administrador o Jefe de Negociado, debiendo
remitirse al Servicio de Gestión Financiera y Presupuestaria.
De la misma forma deberá efectuarse
el arqueo de la caja en metálico a la fecha de generación de la cuenta justificativa
.