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Las Secciones/Unidades conservarán la documentación
que generen hasta el final de su tramitación.
Siempre que las circunstancias lo permitan, la documentación
será conservada por sus productores durante
un período mínimo de cinco años.
Hay que diferenciar entre
la documentación que una Sección/Unidad
produce y la documentación de apoyo como
boletines oficiales, publicaciones periódicas,
etc. que no son generados por la Sección.
Esta última documentación nunca deberá
enviarse al Archivo.
Cualquier unidad que desee
hacer una transferencia al Archivo Central deberá
avisar previamente indicando el número de
cajas que estima va a transferir.
El personal del Archivo comunicará
a las unidades el momento en que debe enviar la
documentación, según el calendario
establecido.
Los encargados de preparar la documentación
para remitirla al Archivo Central serán los
Jefes de Negociados correspondientes, ayudados en
su caso por los auxiliares administrativos que se
les asignen. En ningún caso dicho trabajo
se encomendará a personas que no conozcan
la documentación. La responsabilidad corresponde
al Jefe de Sección/Unidad, quien deberá
supervisar dicha transferencia.
La documentación se remitirá desprovista
de gomas elásticas, grapas, clips metálicos,
fundas de plástico o cualquier otro elemento
que pueda ser perjudicial para la correcta conservación
del documento. En el caso de que considere imprescindible
mantener unidos varios documentos en el interior
del expediente se pueden utilizar subcarpetas de
hojas de DINA 3.
Si hay sobres, subcarpetas,
etc. que estén muy deterioradas, deberán
ser sustituidas por otras nuevas.
La documentación deberá
remitirse al Archivo Central introducida en cajas
archivadoras de cartón de archivo definitivo,
que a dichos efectos serán suministradas
por este Archivo Central o por la Sección
de Compras, optándose por el tamaño
adecuado (folio prolongado). Dichas cajas deberán
llenarse en su totalidad, evitando dejar cajas semivacías.
Dichas cajas deberán
numerarse de forma correlativa de modo que su número
coincida con el que figure en la relación
de entrega o impreso facilitado por el Archivo Central.
Cualquier anotación
que la unidad remitente decida hacer en las cajas
normalizadas deberá hacerse necesariamente
a lápiz de manera que permita ser borrado.
Todo envío de documentación
irá acompañado de la relación
de entrega ,
cuyo impreso podrá ser descargado de la página
web, y un oficio de remisión.
Los campos del impreso de relación de entrega
de obligado cumplimiento por las unidades son :
Organismo remitente, fecha de transferencia, nº
de caja (indica el nº secuencial de caja comenzando
por la caja nº 1), fechas extremas (de la documentación
que se describa), contenido (indica el asunto de
cada una de las cajas) y firma del responsable.
Una vez comprobada, por parte
del Archivo Central, que la relación de entrega
es conforme con la documentación enviada,
se le remitirá a la unidad dicha relación
completando los datos que faltaban junto con un
oficio de remisión. En el supuesto de que
no coincida el contenido de la relación de
entrega con la documentación remitida, ambas
serán objeto de devolución.
En la relación de entrega
que el Archivo Central envíe a la Sección/Unidad
se indicará la signatura topográfica.
Esta signatura habrá de utilizarse como referencia
siempre que se solicite un préstamo o consulta.
Dicha relación de entrega deberá ser
guardado por la Sección/Unidad y deberá
ser conocida su existencia por todo el personal
adscrito a la misma.
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