Acceso de estudiantes con
título extranjero de enseñanza superior
El Reglamento de Oferta de Formación Permanente de la Universidad de Zaragoza (Acuerdo de Consejo de Gobierno 7 de febrero de 2013) establece en su artículo
13 que los estudiantes con estas características puedan acceder
a los estudios conducentes al Título de Máster Propio, Diploma de Especialización y Experto Universitario,
sin necesidad de homologar su título, bastando la autorización
del Vicerrector con competencias en materia de Política Académica, previo informe del favorable del Órgano Coordinador y de la Comisión de Estudios de Posgrado de la Universidad.
El procedimiento para requerir esta autorización
es el siguiente:
El solicitante, antes de presentar su preinscripción,
deberá remitir a la Secretaría del Estudio (figura la dirección
de la misma en la ficha correspondiente al Estudio de la página
web) la siguiente documentación:
1.- Instancia solicitando la autorización (En la páginas web correspondientes
a Estudios Propios de la Universidad de Zaragoza: http://wzar.unizar.es/servicios/epropios/impre.htm
se encuentra un modelo de instancia que puede cumplimentar.
También puede dirigirse a la dirección del estudio propio
específico que figura en dicha página web)
2.- Fotocopia compulsada del Pasaporte o
documento de identidad.
3.- Fotocopia del título de estudios universitarios
compulsado o legalizado (Legalización: Por el Ministerio de
Educación y de Asuntos Exteriores del país de origen, por
el Consulado Español en dicho país y por el Ministerio de
Asuntos Exteriores. En el caso de titulados de países que
hayan suscrito el Convenio de la Haya o el Convenio Andrés
Bello, se someterán al procedimiento de legalización correspondiente).
4.- Fotocopia compulsada del expediente académico
de asignaturas y calificaciones Programa de las asignaturas
cursadas.
5.- Curriculum
La Secretaría del Estudio remitirá esta documentación
al Respondable del Órgano Coordinador quien deberá emitir un informe favorable.
Una vez recibida de nuevo la documentación,
la Secretaría del Estudio remitirá al Sr. Vicerrector de Política
Académica (Sección de Formación Permanente y Títulos) tanto la
solicitud del solicitante, acompañada de la documentación
como el informe del Responsable del Órgano Coordinador.
La Sección de Formación Permanente y Títulos dará curso a esta solicitud, que tiene que ser informada por
la Comisión de Estudios de Postgrado de la Universidad y autorizada finalmente
por el Vicerrector de Política Académica.
La resolución se comunicará al Director del
Estudio y al interesado, haciendo constar que se trata de
un trámite previo, pero que no implica la aceptación de la
matrícula hasta que se haya hecho la selección de los aspirantes
preinscritos.
Los plazos de solicitud serán dos:
Un primer plazo,preferente, hasta el 1 de
julio.
Un segundo plazo, hasta el 15 de septiembre.